Asociación Comarcal

Castillos del Medio Tajo

 

DECLARACION DE SEVILLA

 

  Los participantes en la Jornada Técnica sobre “El Desarrollo Rural y las Nuevas Perspectivas Europeas”, celebrada en Sevilla (España) el 5 de mayo de 2005, en relación con el futuro Reglamento relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) hacemos la siguiente

 DECLARACIÓN

  1. El mundo rural es mucho más que el lugar donde vive la población rural. Es mucho más que el soporte de trascendentales actividades económicas, especialmente la agraria. Es mucho más que la fuente de alimentos para la población. Es mucho más que una cantera de recursos naturales. Es mucho más que un compendio de ecosistemas y poblaciones animales y vegetales de enorme interés. Es mucho más que un conjunto de paisajes de gran valor estético. Es mucho más que un territorio rico en culturas diversas, folklore peculiar, gastronomía variada, tradiciones atractivas, costumbres sorprendentes y recuerdos atávicos. El mundo rural es, también, una garantía de prosperidad y de calidad de vida para toda la población, tanto la urbana como la rural.
  2. La sociedad europea tiene una obligación histórica con el mundo rural. El desarrollo económico, desde la revolución industrial europea, ha favorecido fundamentalmente a la sociedad urbana, olvidándose de la importancia de la sociedad rural, que ha mantenido su tejido socioeconómico con el esfuerzo, casi exclusivo, de las poblaciones rurales. El descubrimiento de determinados valores turísticos o ambientales ha propiciado, en muchas zonas, un desarrollo singular, así como la explotación puntual de determinados recursos naturales. Pero no se ha abordado, de forma rigurosa, una estrategia de desarrollo integral para el mundo rural.
  3. Los poderes públicos deben adoptar las medidas necesarias para preservar lo mejor del mundo rural y para garantizar su óptimo desarrollo. En todo caso, debe priorizarse la satisfacción de las necesidades económicas y sociales básicas de las personas que viven en el mismo. Las estrategias de conservación de los ecosistemas y paisajes deben incorporar una especial preocupación por la sociedad rural en su conjunto. Un mundo rural sano y activo es la mejor garantía de preservación de sus cualidades esenciales.
  4. Por todo ello es necesaria una política de desarrollo específica.  Esa política debería fundamentarse en los principios derivados de la Conferencia de Salzburgo y financiarse a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) cuya reglamentación, presentada al Consejo Europeo, en julio de 2004, está debatiéndose en la actualidad. En dicho sentido, creemos que es necesario que se cumplan, al menos, los siguientes postulados:
    1. La Política de Desarrollo Rural debe entenderse como una política amplia  e integradora. Debe plantearse como algo más que un complemento de las políticas agrarias europeas. Debe incorporar todos los elementos necesarios para ofrecer un futuro mucho mejor al mundo rural en todos los aspectos.
    2. El futuro Reglamento debe ser un instrumento que garantice la posibilidad de abordar, por los poderes públicos, una política con esas capacidades. Para ello la definición de las medidas que pueden abordarse con el futuro FEADER debería ser suficientemente abierta como para permitir una interpretación flexible por parte de las distintas autoridades que ejecuten los futuros Programas de Desarrollo Rural.
    3. La incorporación al FEADER de compromisos políticos que implican un elevado coste presupuestario no debería generar una reducción de las posibilidades de actuación en las estrategias de desarrollo rural del territorio, so pena de desvirtuar la filosofía del Reglamento y desmerecer , desde nuestro punto de vista, la Política de Desarrollo Rural propuesta inicialmente por la Comisión.
    4. La renovación de la apuesta por la diversificación económica del mundo rural debería incorporar todas las posibilidades de intervención que se requieren con un planteamiento estratégico integral para profundizar, así, en la implantación de un método que ha proporcionado indudables beneficios en los territorios rurales que han utilizado el enfoque LEADER en sus estrategias de desarrollo.
    5. La definición del Eje LEADER debería permitir que los poderes públicos puedan adoptar la decisión de incorporar ese enfoque a determinadas intervenciones de su Programa de Desarrollo Rural. En ese supuesto, la aplicación del método o enfoque LEADER debería incluir, además de la utilización del sistema de Grupos de acción local, una mayor flexibilidad en la ejecución de las medidas y su aplicación práctica al territorio, bajo la tutela de las autoridades competentes.
 Sevilla (España), a 5 de mayo de 2005

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